Chetumal.- Pese haber sido encontrados responsables el otrora candidato a la presidencia municipal de Puerto Morelos por el partido, Fuerza por México, Tirzo Esquivel y la dirigente municipal, Brisa del Mar Rodríguez López de violentar la ley electoral, el Teqroo les aplicó ridículas sanciones a ambos.
Tales como una amonestación pública a la dirigente del partido y a Fuerza por México y a Tirzo Esquivel una multa que equivale a poco más de 22 mil pesos a pesar que entre otras acciones ofrecía plazas laborales en el ayuntamiento de Puerto Morelos para que votaran a su favor.
Según lo expuesto en la sesión del pleno del Teqroo, el ex candidato y la dirigente municipal de Fuerza por México en Puerto Morelos incurrieron en la exposición de tres mujeres bajo estereotipos de género que atentaron contra su dignidad, en actos de proselitismo (caminatas).
Además realizaron la entrega de propaganda utilitaria (pelotas) que no cumplen con la normativa electoral destinada a la protección del ambiente; y la entrega y oferta de bienes de manera directa al electorado (pelotas, piñatas, dulces y oferta de trabajo en el Ayuntamiento de Puerto Morelos, Quintana Roo).
Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador con número de expediente PES/060/2021, en acatamiento a lo instruido por la Sala Regional Xalapa en el expediente SX-JE-171/2021, mismo que fuera presentado por el Partido Redes Sociales Progresista en contra de los hoy sancionados por supuestos actos que transgreden la normativa electoral.
Es por lo que, en la sentencia, se estima que los denunciados infringieron lo dispuesto en los artículos 1 de la Constitución Federal; y 286 y 290 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo, por lo que se les impuso las siguientes sanciones.
A la dirigente municipal en Puerto Morelos, Quintana Roo, ciudadana Brisa del Mar Rodríguez López y al partido político Fuerza por México, la sanción consistente en amonestación pública, por la omisión de vigilar que la conducta de las personas que postulan como candidatos se apegara a la normativa electoral.
A Manuel Tirso Esquivel Ávila, la sanción consistirá en una multa por la cantidad de 250 UMAS (Unidad de Medida y Actualización) , equivalente a $22,405.00 (veintidós mil cuatrocientos cinco pesos 00/100 M.N.), por haber incurrido en la prohibición de distribuir propaganda utilitaria que no cumplía la indicación de ser de material textil, haber entregado artículos (pelotas, piñatas y dulces) que generaron beneficio directo a un grupo de personas, y haber ofertado seiscientas plazas en el Ayuntamiento al electorado solicitando votaran por él para la obtención del cargo de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Puerto Morelos, Quintana Roo.
Asimismo, se ordenó dar vista al Instituto Electoral de Quintana Roo, para que proceda a verificar el cobro de la multa impuesta conforme a lo previsto en el artículo 407, párrafo tercero de la LIPE, la cual se deberá pagar en la Dirección de Administración del Instituto, en un plazo improrrogable de quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, con el apercibimiento que de no realizar el pago, la Dirección referida procederá al cobro en términos de la Ley de aplicable, al igual se deberá informar a la Sala Regional de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la emisión de la presente Resolución, en cumplimiento a lo ordenado por dicha Sala.