Chetumal.- Tras aprobar varias reformas a la Ley que tienen que ver con la salud de los trabajadores de la administración pública estatal, la diputada-presidenta de la Comisión del Trabajo y Previsión Social en la XVII Legislatura, María José Osorio Rosas subrayó el compromiso que tienen con los quintanarroense por garantizar sus derechos laborales progresivos e inclusivos.
“Estamos conscientes que la enfermedad de cáncer, al igual que muchas enfermedades crónicas, así como las que implican un riesgo de muerte, genera un impacto negativo en la familia, emocional, psicológico y económico, es por ello que generamos condiciones que permitan a los pacientes oncológicos, a sus familiares y cuidadores reducir el impacto emocional y económico de la enfermedad”, comentó.
De igual forma -dijo-, que con la aprobación de esta reforna legal fortalecen los derechos humanos y garantizan el bienestar de las trabajadoras (es) del servicio público del Estado.
Y no es para menos, porque a partir de las modificaciones aprobadas la noche de ayer lunes 29 de mayo, se establecen mecanismos que fortalecen los derechos laborales, al facilitar los permisos para acudir a exámenes preventivos y recibir los tratamientos, en diagnósticos de cáncer y/o enfermedades crónicas degenerativas.
Las trabajadoras (es) gozarán, al menos dos veces al año, de permiso con goce de salario íntegro para realizarse exámenes médicos para prevenir y/o detectar cualquier enfermedad crónico-degenerativa. También para acudir a citas médicas cuya finalidad sea el tratamiento de cáncer, o cualquier otro padecimiento crónico degenerativo y/o terminal, para sus ascendientes hasta en un segundo grado, descendientes, hermanos, cónyuge, concubina o concubino o dependientes económicos que padecen tal enfermedad. Estos permisos tendrán una vigencia de uno y hasta 28 días, podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años.
También del permiso de un día al año para acudir a citas para la donación de sangre.
En lo que se refiere a las mujeres trabajadoras y personas menstruantes a quienes se les haya diagnosticado con dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante, o que, por otros síntomas ocasionados por el periodo menstrual no puedan cumplir con sus obligaciones laborales, tendrán derecho a un permiso de dos a tres días hábiles de descanso, previo certificado médico expedido por una institución pública.
También se establecieron licencias de cinco días hábiles con goce de sueldo para las personas trabajadoras, cuando hayan fallecido: la madre o padre, la esposa o concubina, esposo o concubino; los hijos, abuelos, nietos o hermanos.
“Seguiremos impulsando la progresividad en los derechos laborales con perspectiva de género y anteponiendo, siempre, los derechos de los trabajadores”, concluyó.
