Por: Jesús Amador
Chetumal.- La XVII Legislatura aprobó el dictamen para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Penal para el Estado, con el fin de aumentar la pena para el delito de allanamiento de morada y se regula el delito de robo en casa habitación o lugar cerrado, estableciendo más agravantes al mismo.
Para ello se establecieron penas de prisión de uno a tres años y de 20 a 150 días de multa a quien, sin el consentimiento de la persona que legítimamente pueda otorgarlo o empleando engaño, se introduzca en una casa habitación, sus dependencias o permanezca en ella o en establecimientos públicos mientras permanecen cerrados.
En la misma sesión se tipificó el delito de encubrimiento por receptación definido como aquel quien, después de ejecutado un delito y sin haber participado en él, adquiera, posea, enajene, reciba, comercialice, pignore, oculte o trafique los instrumentos, objetos o productos del delito con conocimiento de esta circunstancia.