* Por alteración al Registro Federal de Electores.
CDMX, 9 de octubre.- La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) de la Procuraduría General de la República, obtuvo del Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Quintana Roo, Sentencia Condenatoria de tres años de prisión y setenta días de multa, en contra de una persona del sexo femenino por el delito electoral previsto en el artículo 13, fracción I, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
De acuerdo a la indagatoria, a la sentenciada se le atribuye haber acudido a un módulo de atención ciudadana del entonces Instituto Federal Electoral (IFE), a solicitar una credencial para votar con fotografía y, para tal efecto, proporcionó un domicilio ubicado en el fraccionamiento Paseo de las Palmas, en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, el cual se comprobó no habitaba, pues se acreditó que su domicilio real se encuentra en el municipio de Panabá, en el estado de Yucatán.
En consecuencia, el Juez de la causa determinó que las pruebas aportadas son suficientes para demostrar que la sentenciada proporcionó un domicilio falso, con lo que alteró el Registro Federal de Electores.