Jesús González
Chetumal. – Con la aprobación de una serie de reformas a la Constitución Política del Estado de Quintana Roo en materia electoral, la XV Legislatura inició con la serie de modificaciones en este rubro a pocas horas de llegar a la fecha límite que señala la carta Magna.
El presidente de la Gran Comisión del Congreso local, Eduardo Martínez Arcila dio a conocer que tras una serie de reuniones políticas y técnicas lograron los concensos necesarios para poder crear un nuevo marco legal en materia electoral así como las reformas constitucionales respectivas.
Entre los datos sobresalientes es el tema de la reducción a partidos políticos, potenciar el tema de la paridad de género así como de las candidaturas independientes entre otros temas en lo que será la Ley General de Procedimientos Electorales de Quintana Roo.
ACUERDOS TOMADOS EN COMISIONES ACERCA DE LA REFORMA POLÍTICO-ELECTORAL.
• CANDIDATURAS COMUNES: En los convenios correspondientes se podrá establecer la forma de repartir los votos, lo cual se considera un fraude a la Ley, ya que se trata de asegurar el 3% a los partidos chicos para que conserven su registro y las consiguientes prerrogativas.
• Los partidos políticos que pierdan su registro local, solo tendrán derecho a recibir financiamiento público para campañas.
• INICIATIVA CIUDADANA: Será suficiente con la firma de un solo ciudadano. Se considera un exceso, ya que se saturará al congreso con propuestas y este no tendrá la capacidad de darles tramite adecuado, existiendo rezago legislativo en las condiciones actuales.
• Se establece la Paridad HORIZONTAL y VERTICAL, además de garantizar un ambiente libre de VIOLENCIA de Género.
• Los tiempos de duración de las campañas serán como sigue:
o Gobernador: 90 días.
o Ayuntamientos: 45 días.
o Diputados: 45 días.
Las precampañas no podrán durar más de las 2/3 partes.
• Las vacantes de diputados serán otorgadas al siguiente lugar de la lista de Representación Popular del partido que corresponda, respetando la paridad de género.
• La Representación popular seguirá una fórmula mixta: Se integrarán con 5 posiciones plurinominales de asignación directa por los partidos, intercalándose los 5 mejores perdedores del principio de Mayoría Relativa, de manera intercalada, respetando el principio de paridad de género. Cada partido definirá que posiciones registra por uno y otra lista.
• Se cambia la denominación del Secretario General del IEQROO a Secretario Ejecutivo, tal y como ocurre en el INE.
• Todas las sesiones del TEQROO e IEQROO se deberán transmitir en vivo a través de internet y/o redes sociales (Se pondrá en la Ley Orgánica)
• Para ser gobernador se requerirá tener 30 años y residencia de 10 años.
• Se reconoce el derecho de las planillas independientes a participar en la asignación de regidurías de Representación Proporcional.
• INICIATIVA PREFERENTE: El Gobernador podrá presentar 2 iniciativas al inicio del periodo ordinario de sesiones, mismas que deberán ser tramitadas en los siguientes 40 días. No podrán tener este carácter las reformas constitucionales.
• Se incorpora la figura del GOBIERNO DE COALICIÓN.
• HOMOLOGACIÓN DE ELECCIONES: A efecto de tener elecciones cada 3 años, el gobernador electo en el 2022 tendrá un periodo de 5 años, mientras que los diputados durarán 2 años en sus cargos, lo cual tendrá como consecuencia que hasta el 2027 se logrará la homologación.
• FINANCIAMIENTO PUBLICO: La bolsa a repartir utilizará la fórmula de multiplicar el 65% de la UMA por el 65% del listado nominal, lo cual significa una reducción de alrededor del 25% del presupuesto a partidos políticos. (el resto será para el IEQROO) Cuando se registre una participación ciudadana de al menos el 65% se regresará al esquema anterior.
• En cuanto a la Ley de Medios de Impugnación, se conserva la facultad del TEQROO de resolver el Procedimiento Especial Sancionador, pero con tiempos acotados para garantizar la justicia expedita, mientras que se conserva el nombre de Juicio de Nulidad, desechándose el cambio a Recurso de Inconformidad.