Chetumal.- Este Consejo Consultivo de la CDHEQROO tiene interés especial en el tema de accesibilidad para garantizar los derechos electorales de las personas con discapacidad. En este tenor, es importante que las autoridades de todos los órdenes de gobierno garanticen los derechos reconocidos en los Tratados Internacionales ratificados por el Estado Mexicano, así como las normatividades jurídicas en materia de discapacidad.
En este tenor, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en su artículo 29 establece el derecho a la participación de la vida política y pública, así como el votar y ser elegidas, garantizando que los procedimientos electorales, instalaciones, así como los materiales electorales sean adecuados, accesibles y fáciles de entender y utilizar.
De igual modo, se establece la protección del derecho de las personas con discapacidad a emitir su voto en secreto en elecciones y referéndum públicos sin intimidación, a presentarse efectivamente como candidatas en las elecciones, ejercer cargos y desempeñar cualquier función pública a todos los niveles de gobierno, facilitando el uso de nuevas tecnologías y tecnologías de apoyo cuando proceda.
Sin embargo, de acuerdo a la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017, una cuarta población con discapacidad consideró haber sido discriminada en el último año, en al menos un ámbito social; además, el 30.9% declaró al menos un incidente de negación de derechos y el 31.1% de las personas con discapacidad consideró como principal problemática las calles, instalaciones y transportes inadecuados.
Si bien tenemos conocimiento que existen protocolos y guías para la igualdad e inclusión de las personas con discapacidad que garanticen su participación en los procesos electorales, es necesario manifestar nuestro interés para que en el sufragio activo se eviten actos de discriminación.
Así mismo, este Consejo Consultivo enfatiza su preocupación para que las instalaciones en donde se ubiquen las casillas, como casas, escuelas u otros espacios públicos, cuenten con la accesibilidad que puntualiza la norma.
Hacemos hincapié que al referirnos a la discapacidad, se debe considerar aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, por lo que en este entendido, cada una debe ser atendida desde su particularidad, implementar ajustes razonables que garanticen, en igualdad de condiciones, el goce o ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad,
En este sentido, quienes integramos este consejo emitimos un respetuoso llamado a las autoridades electorales en el Estado, con la finalidad de que en la próxima jornada electoral en Quintana Roo a celebrarse en fecha 2 de junio, se observen y sobre todo garanticen los derechos humanos de las personas con discapacidad al voto, y que la falta de accesibilidad o la denegación de los ajustes razonables no constituya un factor que limite o impida este derecho.
Chetumal, Quintana Roo a 30 de mayo de dos mil diecinueve.
Marco Antonio Tóh Euán (Presidente)
Alejandro Baeza Ruiz
Israel Canto Viana
Edgar Ricardo Mora Ucán
Sheena Merle Ucán Yeh
Rafael Barragán Vázquez
Alma Rosa Soledad Freyre Reinhartd